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El valor y la protección legal del Himno Nacional de la República Dominicana

 La Constitución de la República Dominicana, en su artículo 33, reconoce al Himno Nacional como un símbolo patrio único e invariable. Según lo establecido en la Carta Magna, esta obra musical fue compuesta por José Reyes, con letras de Emilio Prud’Homme, y constituye una representación inalterable de la identidad nacional.

A nivel legislativo, la Ley 210-19 regula el uso de los símbolos patrios, reafirmando en su artículo 39, numeral 1, que cualquier alteración de la letra o del tiempo musical del himno constituye un ultraje. También se consideran ofensas bailarlo durante su interpretación o transformarlo en una pieza de carácter bailable.

En lo que respecta a las sanciones, el artículo 47 de la citada ley establece que los actos de ultraje contra el himno serán castigados con penas de uno a tres meses de prisión y multas que oscilan entre cinco y veinte salarios mínimos. Asimismo, el artículo 44 otorga la facultad de presentar denuncias a la Comisión Permanente de Efemérides Patrias, la Academia Dominicana de la Historia, el Instituto Duartiano o a cualquier ciudadano ante el Ministerio Público competente.

En su interpretación, el protocolo indica que toda persona presente debe permanecer de pie, descubrirse la cabeza y, en caso de estar en movimiento, detenerse hasta la finalización de la pieza. La infracción de estas normas se considera una irreverencia, sancionada con penas de 15 a 30 días de prisión y multas de uno a cinco salarios mínimos del sector público.

Además del Himno Nacional, la Bandera y el Escudo Nacional forman parte de los símbolos patrios. La bandera se compone de cuarteles alternos en azul ultramar y rojo bermellón, separados por una cruz blanca, con el escudo en el centro. El escudo, por su parte, presenta los mismos colores de la bandera, acompañado de una Biblia abierta en el Evangelio según San Juan 8:32 y coronada por una cruz, enmarcada por lanzas, banderas sin escudo, laureles y palmas.

Reciente controversia

En días recientes, el presidente de la Comisión Permanente de Efemérides Patrias, Juan Pablo Uribe, anunció que se emprenderán acciones legales contra un colectivo LGBT que modificó la letra del Himno Nacional, incorporando versos alusivos a su comunidad. Según Uribe, este acto constituye un ultraje al símbolo patrio, tal como lo define la ley.

“El himno, como todos los símbolos patrios, representa la esencia y el respeto de una nación. Alterar su contenido, sin importar la causa, traspasa los límites que la ley y la decencia ciudadana establecen”, manifestó.

La defensa y preservación de los símbolos patrios no solo responde a un mandato legal, sino también a un compromiso moral con la historia y la identidad de la República Dominicana.

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